Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Carmona
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento. Es vital que identifiques si la multa es de la DGT (vía interurbana) o del Ayuntamiento de Carmona (vía urbana), ya que el órgano sancionador determinará dónde presentar el escrito.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Los puntos clave donde suelen fallar las multas de radar son:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legal (artículo 39 del RD 320/1994). Si no se ha restado dicho margen, la sanción es nula.
- Falta de certificación: El radar debe haber superado la revisión metrológica anual. Solicita el certificado de calibración vigente.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe ser nítida, mostrar la matrícula completa y, en casos de radares móviles, debe constar el agente que operaba el dispositivo.
- Falta de notificación en el acto: En radares móviles, salvo excepciones justificadas, el agente debe detener al vehículo. Si no se detuvo, debe constar el motivo por el cual no fue posible.
- Identificación del conductor: Si la multa no identifica al conductor, la empresa o titular del vehículo tiene la obligación de identificarlo, pero si el organismo sancionador no ha notificado correctamente, el plazo de prescripción puede haber expirado.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Carmona o por internet
Si la multa es de carácter municipal (dentro del casco urbano de Carmona), el organismo competente es el Ayuntamiento de Carmona. Puedes presentar tus alegaciones de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica oficial mediante certificado digital o Cl@ve. Si la multa fue impuesta por la DGT en vías interurbanas, el recurso debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla, preferiblemente a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado.
Recuerda que, además de los radares, es fundamental prestar atención a las nuevas normativas de circulación urbana. Te recomendamos consultar