Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Camas.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvida el descuento. Es fundamental que presentes el escrito dentro de este plazo para que la Administración tramite tu oposición a la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Falta de identificación del cinemómetro: La multa debe especificar el modelo del radar y su número de serie. Si falta, la sanción es nula.
- Certificado de calibración caducado: Todo radar debe pasar una revisión metrológica anual. Si el certificado no está vigente en la fecha de la infracción, la prueba carece de validez legal.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe ser nítida. Si no se identifica claramente la matrícula o el vehículo, puedes solicitar el archivo del expediente.
- Márgenes de error no aplicados: La DGT está obligada a aplicar márgenes de error específicos (según el tipo de radar y velocidad). Si la cifra aplicada es incorrecta, la multa puede reducirse o anularse.
- Notificación defectuosa: Si la denuncia no contiene todos los datos exigidos por el artículo 87 de la Ley sobre Tráfico (lugar, fecha, hora, identificación del vehículo), existe indefensión.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Camas o por internet.
La competencia para sancionar depende de quién haya captado la infracción. Si el radar era de la DGT (vía interurbana o autovía), debes dirigir el recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico de Sevilla. Si la infracción se produjo en una vía urbana de Camas, el organismo sancionador es el Ayuntamiento de Camas.
Vía telemática (Recomendada): Accede a la Sede Electrónica de la DGT o a la sede electrónica del Ayuntamiento de Camas mediante certificado digital o Cl@ve. Es la forma más rápida y segura, ya que obtienes un justificante de registro inmediato.
Vía presencial: Puedes presentar el escrito en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, en las oficinas de Correos (mediante correo administrativo en sobre abierto para que sea sellado) o en el Registro General del Ayuntamiento de Camas si la multa es municipal.
Recuerda que, además de los radares, las nuevas restricciones de tráfico exigen máxima atención. Puedes evitar sanciones adicionales consultando