Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Calafell
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pronto pago (con un 50% de descuento, pero renunciando al derecho a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, olvídate del descuento y prepara un escrito sólido. El plazo para presentar alegaciones es de 20 días naturales; si no lo haces, la sanción devendrá firme y perderás toda posibilidad de defensa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para anular una multa de radar en Calafell, debes buscar errores técnicos que invaliden la prueba. Revisa meticulosamente estos puntos:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Certificado de calibración: El cinemómetro debe haber pasado una revisión técnica vigente. Si el certificado ha caducado o no se adjunta, la multa es nula.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (habitualmente el 5% o 7% según el tipo de radar) sobre la velocidad detectada.
- Fotografía: La imagen debe ser nítida. Si hay más de un vehículo en el encuadre, la identificación del infractor es dudosa.
- Defectos en la notificación: Si los datos del agente denunciante o la ubicación exacta (puntos kilométricos o calle) son imprecisos, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Calafell o por internet
La autoridad competente depende de dónde se haya instalado el radar:
- Si el radar es municipal: Si la multa te la ha puesto la Policía Local de Calafell, debes dirigir tu escrito al Ayuntamiento de Calafell, preferiblemente a través de su Sede Electrónica.
- Si es en carretera interurbana: Si la sanción proviene de la DGT (por ejemplo, en la C-31 o C-32), el recurso debe presentarse ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Tarragona.
Es recomendable presentar el recurso a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado, adjuntando siempre una copia del DNI y, si es posible, pruebas gráficas o documentales que respalden tus alegaciones. Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación en los cascos urbanos. Puedes utilizar herramientas como