Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cala
El reloj corre en tu contra desde el momento exacto en que te notifican la sanción. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% (renunciando a cualquier derecho de alegación) o presentar un recurso. Si decides recurrir, debes redactar las alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días, aunque perderás el descuento por pronto pago si la resolución final es desfavorable.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos tribunales suelen tumbar las multas de velocidad no por el fondo (que ibas rápido), sino por errores administrativos y técnicos del cinemómetro. Revisa la denuncia con lupa y busca estos tres fallos críticos:
- Falta de margen de error legal: La Orden ITC/3123/2011 establece errores máximos tolerados según si el radar es fijo o móvil (normalmente un 5% o 7%). Si la velocidad imputada está dentro del margen de error respecto al límite de la vía, la multa es nula.
- Ausencia de certificado de revisión metrológica: Todo radar debe pasar revisiones periódicas obligatorias. Exige que adjunten el certificado en vigor y el informe de homologación del aparato. Si no lo aportan, la prueba queda invalidada.
- Fotografías no concluyentes: Deben aparecer dos fotogramas de la infracción en multas de radar fijo (o una debidamente justificada), donde se aprecie claramente la matrícula y el contexto de la vía sin ambigüedades.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Cala o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción (el Ayuntamiento de Cala si el radar pertenece al término municipal, o la Jefatura Provincial de Tráfico / DGT si es en carretera interurbana), deberás dirigir tu escrito al órgano competente. La forma más rápida, segura y con validez jurídica garantizada es presentar el recurso de forma telemática a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o en la Sede Electrónica de la DGT si procede. También puedes hacerlo presencialmente en las oficinas de asistencia en materia de registros de Cala o mediante correo administrativo certificado en una oficina de Correos.
Además de vigilar tu velocidad en carretera, es fundamental estar al día con las restricciones urbanas para evitar sanciones innecesarias en los núcleos urbanos. Antes de moverte por zonas restringidas, te recomendamos planificar tu ruta y consultar