Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cabezo De Torres.
Si has recibido una multa de radar en Cabezo de Torres, el primer paso es determinar quién emite la sanción. Si la vía es urbana (travesía o calle), la competencia es del Ayuntamiento de Murcia; si es una carretera interurbana, es de la DGT. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales para elegir: o pagas con el 50% de reducción (renunciando a recurrir) o presentas un escrito de alegaciones. Si optas por recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores técnicos en la notificación:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si hay más de un coche en el encuadre, la prueba es nula.
- Falta de certificación del cinemómetro: Exige el certificado de verificación periódica del radar. Si no ha pasado la revisión técnica en el último año, la medición carece de validez legal.
- Margen de error no aplicado: Según la Orden ICT/155/2020, el agente debe aplicar el margen de error legal (habitualmente 3 km/h o 5 km/h según el tipo de radar). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la multa es recurrible.
- Datos erróneos: Cualquier discrepancia en la fecha, hora, lugar exacto o identificación del vehículo es motivo suficiente para el archivo del expediente.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Cabezo De Torres o por internet.
Si la multa es municipal, puedes presentar tus alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento de Murcia o en las oficinas de atención al ciudadano (OMAC). Si la sanción es de la DGT, el canal más ágil es la Sede Electrónica de la DGT mediante certificado digital o Cl@ve. También puedes enviarlo por correo administrativo en cualquier oficina de Correos.
Recuerda que, además de los radares, las nuevas restricciones de movilidad pueden complicar tu circulación. Antes de acceder a núcleos urbanos, te recomendamos consultar