Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cabanillas
El reloj corre en tu contra desde el mismo momento en que te notifican la sanción. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para decidir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% renunciando a cualquier alegación, o presentar un recurso formal para discutir la legalidad de la sanción. Si optas por recurrir, debes redactar las alegaciones dentro de ese mismo plazo de 20 días hábiles si se trata de un procedimiento ordinario, o en el plazo indicado en la notificación si es abreviado.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Un radar por exceso de velocidad no es infalible y la administración suele cometer errores procesales que tiran la multa por los suelos. Debes revisar con lupa el boletín de denuncia y la fotografía en busca de los siguientes defectos de forma:
- Falta de identificación del cinemómetro: La denuncia debe especificar obligatoriamente el modelo del radar, su número de serie y la fecha de la última revisión periódica en el Centro Español de Metrología (CEM). Si falta alguno de estos datos, la sanción es nula.
- Margen de error no aplicado: La Ley exige restar el margen de error legalmente establecido según la velocidad sea inferior o superior a 100 km/h. Si el radar te ha cazado a 122 km/h en una vía de 100 y no se ha aplicado la merma reglamentaria, el exceso calculado es incorrecto.
- Fotografía defectuosa: La imagen debe mostrar claramente la matrícula del vehículo. Si aparecen dos vehículos en el fotograma, la prueba queda invalidada por imposibilidad de atribuir la infracción de forma inequívoca.
- Ausencia de señalización previa: Salvo en autopistas y autovías donde no es obligatorio, en las carreteras secundarias de la red de Cabanillas los radares móviles deben estar debidamente anunciados o integrados en campañas de control visibles.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Cabanillas o por internet
Dependiendo de quién te haya impuesto la multa, el organismo competente varía. Si el exceso de velocidad ha sido captado por un radar móvil de la Policía Local o en una vía urbana de titularidad municipal, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Cabanillas. Por el contrario, si la infracción ha sido registrada por un radar fijo o móvil de la Dirección General de Tráfico (DGT) en las carreteras de circunvalación o accesos, el organismo competente será la Jefatura Provincial de Tráfico.
Para presentar el escrito tienes dos vías principales: de forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento de Cabanillas o en la oficina de correos mediante correo administrativo en sobre abierto; o de manera telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT si la multa es estatal, o de la propia sede municipal si es local, utilizando tu Certificado Digital o Cl@ve para garantizar la validez legal del registro.
Además, al moverte por zonas urbanas o de influencia metropolitana, es vital estar al tanto de las restricciones de acceso. Puedes utilizar