Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Cabaneta (Sa)
Recibir una multa de velocidad no significa automáticamente que tengas que pagar. El margen de error de los cinemómetros y los defectos de tramitación son tus mejores aliados. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones incompatibles: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una sanción por exceso de velocidad captada por radar, debes buscar fallos en el boletín de denuncia y en la tramitación del expediente. Los motivos más habituales de anulación son:
- Falta de metrología y revisión: El cinemómetro debe contar con el certificado de verificación periódica en vigor. Si la fecha de la última revisión ha caducado o el certificado no se adjunta con el número de serie exacto, la multa es nula.
- Márgenes de error aplicados: La Ley exige descontar el margen de error del radar (7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores si es fijo; un 5% o 7 km/h si es móvil). Si no se ha aplicado correctamente en la cuantía de la sanción, el recurso prospera.
- Identificación de la vía y el sentido: Debe constar con total exactitud el punto kilométrico, el sentido de la circulación y la velocidad específica permitida en ese tramo.
- Fotografía borrosa o con dos vehículos: Si en la imagen aparece más de un vehículo o la matrícula no es nítida, la prueba pierde validez jurídica.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Cabaneta (Sa) o por internet
Dependiendo de quién haya emitido la sanción, deberás dirigir el pliego de alegaciones a un organismo u otro. Si el radar que te ha cazado en Cabaneta (Sa) pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT), la multa suele gestionarse a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la infracción se ha producido en vías urbanas bajo la competencia municipal, el organismo receptor será el Ayuntamiento de Cabaneta (Sa).
Para no perder tiempo ni arriesgarte a que caduquen los plazos, la vía más recomendada y rápida es la telemática. Puedes presentar tu escrito de alegaciones a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración o directamente en la sede electrónica de la DGT o del propio ayuntamiento si dispones de Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve. Asegúrate de adjuntar todas las pruebas posibles, como fotografías del lugar de los hechos o la solicitud expresa de los certificados de calibración del cinemómetro.
Además, si tu ruta incluye zonas urbanas restringidas, recuerda