Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Bunyola
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con el 50% de reducción (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el descuento del pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma en el expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes buscar errores técnicos en la denuncia:
- Falta de identificación: Si el vehículo es de empresa o ha sido vendido, y no se ha notificado correctamente al conductor.
- Ausencia de pruebas: La ley exige que la denuncia incluya la fotografía del vehículo y, si es un radar móvil, la identificación clara del agente o del equipo cinemómetro.
- Certificado de calibración: Todo cinemómetro debe estar homologado y haber pasado la revisión técnica anual. Solicita el certificado de verificación periódica; si ha caducado o no existe, la multa es nula.
- Márgenes de error: Verifica si se ha aplicado correctamente el margen de error del radar (7 km/h si el límite es inferior a 100 km/h o el 7% si es superior).
- Defectos en la notificación: Si la denuncia no contiene la fecha, hora, lugar exacto, identificación del vehículo o el precepto infringido, el expediente carece de validez legal.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Bunyola o por internet
La competencia para sancionar depende de dónde se haya instalado el radar:
- Si el radar es de la DGT (vías interurbanas): Debes presentar el recurso ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Baleares. El método más rápido es a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico.
- Si el radar es de la Policía Local de Bunyola (vías urbanas): Debes dirigir el escrito al Ayuntamiento de Bunyola. Puedes hacerlo presencialmente en su Registro General o, preferiblemente, a través de su sede electrónica municipal.
Recuerda que, además de los radares de velocidad, es vital cumplir con la normativa de acceso a núcleos urbanos. Antes de circular por zonas restringidas, te recomendamos consultar