Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Bullas
El reloj corre en tu contra desde el momento en que recibes la notificación. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% renunciando a cualquier alegación, o presentar un recurso. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que el escrito de alegaciones debe estar sólidamente fundamentado para evitar que pagues el importe íntegro.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonLos radares de velocidad deben cumplir una estricta normativa metrológica y de instalación. Para tumbar una multa de velocidad en vía interurbana o travesía gestionada por la DGT, o por la policía local si el cinemómetro es municipal, debes revisar con lupa los siguientes puntos en la denuncia y en la fotografía:
- Margen de error del radar: La norma UNE 26444 y la Orden ICT/155/2020 establecen los márgenes de error máximos permitidos (habitualmente 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores en radares fijos, y 10 km/h o 10% en móviles). Si la velocidad censada no tiene aplicado este margen, la multa es nula.
- Certificado de revisión periódica: El cinemómetro debe contar con su certificado de verificación metrológica en vigor. Exige siempre que se adjunte este documento al expediente. Si está caducado, la sanción decae automáticamente.
- Fotografía clara: La imagen debe mostrar claramente el vehículo infractor, la matrícula y, preferiblemente, el entorno para certificar la ubicación exacta. Si hay varios vehículos en la foto, la identificación no es concluyente.
- Identificación del agente o cinemómetro automático: Si es un radar móvil, debe constar la homologación del aparato y los datos del operador. Si es un tramo urbano, comprueba si la señalización vertical de velocidad máxima es visible y correcta.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Bullas o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, el destino del recurso variará:
- Si la multa proviene de la DGT (carreteras nacionales o travesías sin convenio): Debes dirigir el escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la región. La forma más rápida y recomendada es a través del Registro Electrónico Común (REC) o de la Sede Electrónica de la DGT utilizando certificado digital o Cl@ve.
- Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Bullas: El órgano competente es el Ayuntamiento de Bullas. Deberás presentar tus alegaciones en el Registro General del Ayuntamiento o mediante su sede electrónica oficial.
Además, recuerda que si tu ruta incluye accesos a grandes núcleos urbanos con restricciones, es vital consultar