Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Boadilla Del Monte
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Boadilla Del Monte, tienes que actuar rápido. El reloj corre desde el día siguiente a la notificación: dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales para decidir si pagas con un 50% de descuento (renunciando a recurrir) o si presentas alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al pronto pago, por lo que el recurso debe estar muy fundamentado para que merezca la pena.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para tumbar una multa de velocidad no basta con decir que ibas despacio; hay que atacar los errores administrativos y metrológicos del boletín de denuncia. Revisa con lupa los siguientes puntos:
- Margen de error del cinemómetro: Los radares tienen un margen de error legal (aplicable según la Guía de Cinemómetros y la Orden ICT/155/2020). Debe restarse obligatoriamente de la velocidad captada: 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h (en fijos) o 7 km/h (en móviles), y un 5% o 7% si superan los 100 km/h. Si no se aplica este margen, la multa es nula.
- Certificado de revisión periódica: El radar debe haber pasado el control metrológico anual. Pide siempre el certificado y el boletín de ensayo en vigor. Si la fecha de la última revisión ha caducado, la sanción decae.
- Fotografías obligatorias: Deben constar dos fotogramas de la infracción (o una con dos ampliaciones donde se vea el vehículo con claridad y el contexto de la vía). Si la matrícula está borrosa o hay varios coches en plano, la prueba no es válida.
- Identificación del agente o automatismo: Si es un radar móvil, debe constar la identificación del cinemómetro y, a veces, la ratificación de los agentes. Si es un tramo urbano gestionado por medios municipales en Boadilla, el decreto de alcaldía o la señalización vertical de la vía deben ajustarse a la normativa de tráfico.
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Dependiendo de qué organismo haya emitido la multa, deberás dirigir el recurso a una administración distinta:
- Si la multa la emitió la Policía Local de Boadilla Del Monte: El expediente pertenece al Ayuntamiento. Deberás presentar el escrito de alegaciones en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte o de forma presencial en su Registro General (Calle Josefa Gutiérrez Gómez, 5).
- Si la multa la emitió la Dirección General de Tráfico (DGT): Aunque ocurra en Boadilla, si el radar es de la DGT (carreteras M-50, M-513, etc.), el recurso debe tramitarse a través de la Sede Electrónica de la DGT o en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
Además, recuerda que el control en las carreteras y accesos urbanos es cada vez más exhaustivo. Para evitar sorpresas desagradables al circular por la región y cruzar zonas de bajas emisiones, es muy recomendable utilizar