Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Biure
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma o un error administrativo antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento. Los errores más frecuentes que suelen derivar en el archivo del expediente son:
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si hay más de un coche en la toma, la prueba es nula.
- Falta de certificación técnica: El radar debe haber pasado la revisión metrológica obligatoria. Solicita el certificado de calibración y verifica que la fecha sea vigente.
- Margen de error no aplicado: Según la normativa vigente, se debe aplicar un margen de error al radar (generalmente del 3% al 7% dependiendo del tipo de cinemómetro). Si la multa no refleja este margen, es recurrible.
- Defectos en la notificación: Si la multa no incluye la identificación del agente denunciante, el lugar exacto, la fecha o los datos del cinemómetro utilizado, el expediente carece de rigor legal.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Biure o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad en vías interurbanas o travesías donde la DGT tiene la potestad recae sobre la Jefatura Provincial de Tráfico de Girona. Si la multa fue impuesta por la Policía Local, deberás dirigir tus alegaciones al Ayuntamiento de Biure.
La forma más eficiente de presentar el recurso es a través de la Sede Electrónica de la DGT (si el sancionador es el organismo estatal) mediante certificado digital o Cl@ve. Si la sanción es municipal, deberás acudir al registro general del Ayuntamiento de Biure o utilizar su sede electrónica si dispone de ella. Recuerda siempre verificar si tu ruta atraviesa zonas restringidas utilizando
Asegúrate de adjuntar toda la documentación probatoria y presentar el escrito dentro de los 20 días naturales para evitar la vía ejecutiva de apremio.