Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Bidueda
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación de la multa para tomar una decisión: pagar con una reducción del 50% (renunciando a cualquier alegación) o presentar un recurso. Si tu objetivo es anular la sanción por un radar de velocidad en Bidueda, no pagues; el pago implica reconocimiento de culpabilidad.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad deben cumplir estrictamente la normativa metrológica y administrativa. Para tumbar la multa, revisa con lupa los siguientes puntos en la denuncia y en la fotografía:
- Falta de margen de error: La Ley de Metrología exige aplicar un margen de error al cinemómetro (habitualmente del 3% al 7% según si es fijo o móvil y la velocidad captada). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la multa es nula.
- Certificado de revisión caducado: Todo radar debe pasar una verificación periódica (anual). Pide el certificado del Centro Español de Metrología (CEM); si no está actualizado o falta, la prueba carece de validez legal.
- Fotografía no concluyente: En la imagen debe aparecer claramente el vehículo, la matrícula legible y, si es un radar móvil, el cinemómetro debe estar homologado y señalizado correctamente. Si hay más de un vehículo en el fotograma, la identificación es nula.
- Identificación del agente o cinemómetro automático: Debe constar el número de homologación del aparato y, en caso de radar móvil, la identificación del equipo y de los agentes actuantes.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Bidueda o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad suele recaer en la Dirección General de Tráfico (DGT) si la vía es interurbana o titularidad del Estado, o en el propio Ayuntamiento de Bidueda si la infracción se ha cometido en un radar urbano de su competencia. Debes comprobar en el encabezado de la notificación quién es el organismo sancionador:
- Si la multa es de la DGT: Puedes presentar tus alegaciones de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en las Jefaturas Provinciales de Tráfico.
- Si la multa es del Ayuntamiento de Bidueda: Dirige el escrito de alegaciones al Registro General del Ayuntamiento, ya sea de forma presencial en sus oficinas de atención al ciudadano o a través de su sede electrónica municipal.
Asimismo, si tu trayecto en Bidueda implicaba circular por áreas urbanas sensibles, es fundamental que consultes