Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Berrocal.
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica la renuncia a cualquier recurso posterior) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, debes presentar el escrito antes de que finalice ese mismo plazo de 20 días para evitar que la sanción pase a vía ejecutiva. No pagues la multa si tienes intención de recurrir, ya que el pago equivale a reconocer la infracción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, debes buscar errores en la tramitación que invaliden la sanción. Los puntos críticos son:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar los márgenes establecidos según la normativa vigente (Orden ICT/155/2020). Si la velocidad captada no incluye este margen, la multa es nula.
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo.
- Certificado de calibración: Exige en tu escrito el certificado de verificación periódica del radar. Si el equipo no ha pasado su revisión anual o esta ha caducado, la prueba carece de validez legal.
- Calidad de la fotografía: La imagen debe permitir identificar inequívocamente al vehículo. Si la foto es borrosa, está mal encuadrada o aparecen varios vehículos, la sanción puede ser impugnada por falta de pruebas concluyentes.
- Notificación fuera de plazo: La Administración tiene un plazo máximo para notificarte. Si la notificación llega meses después de la infracción sin causa justificada, la multa puede haber prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Berrocal o por internet.
Las multas por exceso de velocidad en carreteras interurbanas dependen de la Dirección General de Tráfico (DGT), mientras que las ocurridas dentro del casco urbano de Berrocal competen al Ayuntamiento. Para presentar tus alegaciones, puedes utilizar el registro electrónico de la Sede Electrónica de la DGT o el registro general de tu ayuntamiento si la multa es municipal. Asegúrate de adjuntar el número de expediente sancionador y las pruebas documentales que sustenten tus alegaciones.
Además de vigilar tu velocidad, recuerda que la normativa urbana está cambiando. Es recomendable que consultes