Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Benejuzar
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con el 50% de descuento (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de que existen motivos legales sólidos para impugnar la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del acto administrativo. Busca estos errores en tu boletín de denuncia:
- Identificación incompleta: Ausencia de los datos del agente denunciante, número de placa o identificación correcta del vehículo (matrícula, marca y modelo).
- Falta de margen de error: Verifica que la velocidad aplicada respete los márgenes de error legalmente establecidos para cinemómetros (fijos o móviles) según la normativa vigente.
- Ausencia de fotografía o mala calidad: La imagen debe permitir identificar el vehículo sin lugar a dudas. Si la foto es borrosa o aparecen otros vehículos, es un motivo claro de nulidad.
- Certificado de calibración: Todo radar debe haber pasado la inspección técnica (metrológica) en el último año. Si el boletín no incluye el número de certificado o este está caducado, la multa es nula.
- Notificación fuera de plazo: Si la infracción ocurrió hace meses y recibes la notificación ahora sin causa justificada de dilación, la multa puede haber prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Benejuzar o por internet
Si el radar que te ha multado depende de la Dirección General de Tráfico (DGT), la gestión es telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando certificado digital o Cl@ve. Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Benejuzar, debes dirigir el escrito de alegaciones al Ayuntamiento de Benejuzar, ya sea a través de su Registro de Entrada presencial o mediante su sede electrónica municipal.
Recuerda que, además de los radares, las normativas de circulación urbana son cada vez más estrictas. Para evitar sanciones adicionales, es muy recomendable consultar