Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Benavente
Tienes dos caminos tras recibir una notificación: el pago anticipado o la interposición de un recurso. Si optas por pagar en el periodo voluntario de 20 días naturales, obtendrás una reducción del 50% en el importe, pero renunciarás a cualquier derecho a recurrir. Si decides presentar alegaciones, el plazo es de 20 días naturales desde la notificación, pero perderás automáticamente el descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez técnica o administrativa del boletín de denuncia. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Margen de error del cinemómetro: Verifica si se ha aplicado el margen de error legal (según la orden ITC/3123/2011). Si el radar es fijo, el margen es del 3% si supera los 100 km/h; si es móvil, el margen aumenta al 7%.
- Certificado de calibración: El radar debe haber pasado una revisión técnica vigente. Solicita el certificado de la última calibración; si no está actualizado o falta, la multa es nula.
- Identificación del vehículo y conductor: Comprueba que la matrícula, el modelo y el color coincidan. Si la foto es borrosa o no se identifica claramente al conductor, puedes solicitar la nulidad por indefensión.
- Ubicación exacta: El punto kilométrico debe ser preciso. Si la ubicación es confusa o no se corresponde con el tramo donde se produjo la infracción, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Benavente o por internet
La mayoría de los radares de velocidad en carretera dependen de la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa ha sido impuesta por la Guardia Civil en las autovías que cruzan Benavente (A-6, A-52 o A-66), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Zamora. Si la multa fue impuesta por la Policía Local dentro del casco urbano, deberás dirigirte al Ayuntamiento de Benavente.
La forma más eficiente de presentar tu escrito es a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar tus alegaciones de forma presencial en cualquier Jefatura de Tráfico o mediante correo certificado. Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las nuevas restricciones urbanas; puedes consultar