Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Basses D'alpicat (Les)
Recibir una multa de radar por exceso de velocidad no significa que debas pagarla automáticamente. El margen de error y los defectos de tramitación son tus mejores aliados. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde su notificación para acogerirte al descuento del 50% por pronto pago, pero ten en cuenta que abonarla con reducción implica renunciar a cualquier tipo de recurso posterior. Si decides recurrir, dispones de 20 días naturales para presentar tus alegaciones ante el organismo sancionador.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara conseguir que estimen tu recurso, debes revisar con lupa la denuncia en busca de errores administrativos e incumplimientos metrológicos que invaliden la sanción. Los motivos más efectivos de anulación en multas de radar son:
- Falta de margen de error: Los cinemómetros deben aplicar un margen de error estipulado por ley (habitualmente del 5% si están fijos y del 7% si son móviles para velocidades superiores a 100 km/h, o de 5 km/h y 7 km/h fijos si es inferior). Si la velocidad aplicada no contempla este descuento, la multa es nula.
- Ausencia de fotografía o doble fotograma: La normativa exige la aportación de dos fotogramas en momentos distintos para verificar la medición en cinemómetros móviles, o al menos una fotografía clara y nítida donde se aprecie inequívocamente la matrícula y el tramo.
- Falta de certificación de la ITV del cinemómetro: El aparato medidor debe superar controles metrológicos periódicos. Si la administración no adjunta el certificado en vigor de la última revisión del radar, la prueba carece de validez jurídica.
- Identificación incorrecta del titular: Errores en la matrícula, en el modelo de vehículo, en la fecha, en la hora o en el kilómetraje exacto de la vía donde supuestamente se cometió la infracción.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Basses D'alpicat (Les) o por internet
La competencia para sancionar el exceso de velocidad dependerá de la vía donde te hayan cazado. Si el radar estaba ubicado en una carretera interurbana, la multa corresponderá a la Dirección General de Tráfico (DGT). Si los cinemómetros (fijos, móviles o de tramo) operan en vías urbanas o de titularidad municipal, la sanción recaerá sobre el Ayuntamiento de Alpicat. Para presentar tus alegaciones de forma presencial o telemática, debes dirigirte al organismo emisor que figure en el encabezzo de tu notificación. Puedes realizar el trámite online a través de la Sede Electrónica de la DGT si es de ámbito estatal, o bien en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alpicat si la multa es municipal, utilizando certificado digital o Cl@ve. Asimismo, recuerda que antes de circular por zonas restringidas o complejas, puedes consultar