Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Bas
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento por pronto pago. Debes decidir si los argumentos técnicos de tu defensa tienen suficiente peso para lograr la anulación total del expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción de radar, no basta con negar el exceso de velocidad; hay que atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar el margen de error legalmente establecido según el tipo de radar (fijo o móvil) y la velocidad. Si la velocidad notificada no incluye esta corrección, la multa es nula.
- Falta de acreditación de la revisión: La Administración debe aportar el certificado de verificación periódica del radar. Si el certificado ha caducado o no se adjunta, la prueba carece de validez legal.
- Defectos en la fotografía: La imagen debe permitir identificar el vehículo sin lugar a dudas. Si la foto está borrosa, hay varios vehículos en el encuadre o no se distingue la matrícula, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Identificación del conductor: Si el titular no era quien conducía, tienes la obligación de identificar al conductor real, pero si la notificación llega fuera de plazo o con datos erróneos sobre el lugar o la hora, se produce indefensión.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Bas o por internet
Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Bas, el organismo competente es el Ayuntamiento de Bas. Si el radar fue gestionado por la DGT (en carreteras interurbanas), deberás dirigirte a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica del organismo emisor mediante certificado digital o Cl@ve PIN.
Recuerda que, además de controlar tu velocidad, es fundamental cumplir con las restricciones de acceso a los núcleos urbanos. Utiliza