Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Barrela (A)
Si te han cazado con un cinemómetro en Barrela (A), dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir tu estrategia: pagar con una reducción del 50% renunciando a recurrir, o presentar un escrito de alegaciones si detectas irregularidades. Ojo, si optas por la vía del recurso, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares son máquinas y, como tales, fallan. Para tumbar una multa de velocidad en vía administrativa, debes buscar con lupa los siguientes errores en la denuncia:
- Falta de margen de error: La norma (ITC/3123/2011) obliga a aplicar un margen de error al cinemómetro (3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 3% si son superiores, tanto en fijos como móviles). Si la velocidad censada y la sancionable no reflejan esta resta, la multa es nula.
- Ausencia de fotogramas válidos: La denuncia debe incluir obligatoriamente dos fotografías del vehículo desde diferentes ángulos o, en su defecto, una foto panorámica y un plano detalle donde se aprecie claramente la matrícula y el contexto de la vía.
- Caducidad de la ITV del cinemómetro: El boletín de verificación periódica del radar debe estar en vigor. Si ha pasado más de un año desde la última revisión, la medición carece de validez legal.
- Identificación errónea del agente o cinemómetro: El número de serie del aparato y la homologación deben constar en el expediente.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Barrela (A) o por internet
Al tratarse de una multa por exceso de velocidad, la competencia suele recaer en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente o, si la vía es de titularidad municipal, en el propio ayuntamiento. Para presentar tus alegaciones de forma telemática desde Barrela (A), la vía más rápida y segura es el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado o la Sede Electrónica de la DGT si la multa es suya.
También puedes realizar el trámite presencialmente en las oficinas de correos mediante correo administrativo en sobre abierto, o en los registros de cualquier órgano administrativo. Recuerda adjuntar todas las pruebas documentales que poseas, como certificados de ubicación o fotografías del lugar de los hechos que contradigan la versión del atestado policial.
Asimismo, conviene recordar que la movilidad urbana está sujeta a restricciones cada vez más estrictas. Para no sumar nuevas sanciones por acceder indebidamente a zonas restringidas, es altamente recomendable revisar