Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Barreda
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir tu estrategia. Si optas por pagar, te beneficias de la reducción del 50% (pronto pago), pero renuncias a cualquier derecho de alegación. Si decides recurrir, debes presentar tu escrito dentro de esos mismos 20 días, asumiendo que perderás la bonificación si el recurso es desestimado.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares por exceso de velocidad acumulan un alto porcentaje de anulaciones en los tribunales si se examinan con lupa. Para tumbar la sanción en Barreda, debes exigir y revisar los siguientes puntos en la denuncia:
- Falta de fotograma o prueba gráfica válida: La ley exige dos fotogramas en los radares fijos (panorámico y detalle de la matrícula) que demuestren la continuidad de la infracción, o el certificado de homologación en vigor si es un cinemómetro móvil.
- Ausencia de identificación del agente o aparato: Debe constar el número de serie del cinemómetro, la fecha de su última verificación periódica (que debe ser anual) y el margen de error aplicable según la velocidad (habitualmente 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores).
- Margen de error no aplicado: Comprueba si la velocidad sancionada ya incluye la aplicación del error máximo permitido por la Orden ITC/3122/2011. Si la multa refleja la velocidad exacta captada sin restar dicho margen, es recurrible.
- Defectos en la señalización: La vía debe estar correctamente señalizada con la limitación de velocidad correspondiente antes del punto de medición.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Barreda o por internet
Dado que se trata de una infracción por exceso de velocidad, la competencia suele recaer en la Jefatura Provincial de Tráfico (DGT) correspondiente a Cantabria, a menos que el radar estuviera situado en una vía urbana gestionada directamente por el consistorio local. Para presentar tus alegaciones de forma efectiva, tienes dos vías:
- Por Internet (Recomendado): A través del Registro Electrónico Común (REC) o en la Sede Electrónica de la DGT utilizando Certificado Digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es el método más rápido y deja constancia inmediata de la fecha de entrada.
- Presencialmente: En las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Torrelavega (al pertenecer Barreda a este municipio), en las oficinas de correos mediante correo administrativo en sobre abierto, o en la propia Jefatura de Tráfico provincial.
Además de vigilar la velocidad en carretera, recuerda que el control en núcleos urbanos se ha vuelto más estricto con las restricciones medioambientales. Por ello, te recomendamos utilizar