Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Barranquillo Frio
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier recurso) o presentar un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto de forma antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido"; debes atacar la validez técnica o administrativa de la sanción. Revisa minuciosamente los siguientes puntos en tu boletín de denuncia:
- Identificación del cinemómetro: El radar debe figurar con su número de serie, modelo y certificado de homologación vigente. Si falta esta información, la prueba es nula.
- Certificado de verificación periódica: Todo radar debe pasar una revisión anual. Si la fecha del certificado es anterior a 12 meses respecto a la fecha de la infracción, la multa es recurrible.
- Márgenes de error: Aplica la normativa de la Orden ICT/155/2020. Si el radar es fijo, el margen de error es del 3% si la velocidad es superior a 100 km/h o 5 km/h si es inferior. Si el radar es móvil, el margen sube al 7% o 5 km/h. Si el cálculo de la DGT no aplica este margen, solicita la anulación.
- Fotografía: Debe ser nítida y permitir identificar claramente la matrícula y el vehículo. Si aparecen dos vehículos en la imagen, la medición no es fiable.
- Ausencia de señalización: Si el radar estaba oculto o no existía señalización previa que advirtiera de la presencia de controles de velocidad, puedes alegar indefensión.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Barranquillo Frio o por internet
La competencia depende de la vía donde se produjo la infracción. Si el radar es de la DGT (carreteras interurbanas), el organismo es la Jefatura Provincial de Tráfico. Si es una vía urbana dentro del municipio, el organismo es el Ayuntamiento de Barranquillo Frio.
Para presentar el escrito, cuentas con tres vías:
- Sede Electrónica: Es la opción más rápida. Accede a la web oficial de la DGT o a la sede electrónica del Ayuntamiento de Barranquillo Frio utilizando certificado digital o Cl@ve.
- Correo postal: Envío de carta certificada con acuse de recibo a la Jefatura de Tráfico correspondiente o a la oficina de atención al ciudadano del Ayuntamiento.
- Presencial: En los registros oficiales del Ayuntamiento o en las oficinas de correos (en sobre abierto para su compulsación).
Recuerda que, además de los radares de velocidad, es vital cumplir con las restricciones de acceso en centros urbanos. Te recomendamos revisar siempre el