Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Bandeira
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Bandeira, lo primero que debes decidir es si vas a acogerte al descuento del 50% por pronto pago o si vas a recurrir. Tienes un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para pagar la mitad de la sanción o, por el contrario, presentar un escrito de alegaciones. Ojo: si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho a la bonificación del 50%, por lo que tus argumentos deben ser sólidos.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de velocidad en vía administrativa, busca errores en la tramitación y en el cinemómetro (el radar). Los motivos más efectivos son:
- Falta de margen de error: Los radares deben aplicar un margen reglamentario (habitualmente 7 km/h en vías limitadas a 100 km/h o menos, y un 7% si es superior). Si no se ha aplicado, la multa es nula.
- Ausencia de fotograma dual: La ley exige que consten dos fotografías de la infracción en momentos distintos para acreditar la velocidad real y el movimiento del vehículo.
- Certificado de homologación y revisión periódica: El radar debe tener superada la ITV (verificación metrológica anual). Pide el certificado en el recurso; si no lo aportan o está caducado, la sanción decae.
- Identificación errónea: Errores en la matrícula, marca, modelo o en la hora exacta de los hechos.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Bandeira o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, el organismo competente varía. Si el cinemómetro pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT), la multa se tramitará a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción ha sido impuesta por agentes de la autoridad local en vías urbanas de Bandeira, deberás dirigir el recurso al propio Ayuntamiento.
Para evitar futuras sorpresas al circular por zonas restringidas, es muy útil utilizar
La forma más rápida y segura de presentar tus alegaciones es a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración o mediante la sede electrónica del organismo sancionador (DGT o Ayuntamiento), utilizando certificado digital o Cl@ve. No olvides adjuntar todas las pruebas documentales de las que dispongas.