Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Aurizberri / Espinal
El plazo legal es el factor más crítico al enfrentarse a una sanción de tráfico. Dispones de exactamente 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones excluyentes: pagar con una reducción del 50% renunciando a cualquier alegación, o presentar un recurso administrativo. Si decides recurrir, dispones de 20 días naturales desde el día siguiente a la recepción para presentar tu escrito de alegaciones, perdiendo el descuento por pronto pago si la resolución final es desfavorable.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares de velocidad están sujetos a una estricta normativa metrológica y procedimental. Para tumbar la multa, debes buscar con lupa los siguientes errores en la denuncia:
- Margen de error del cinemómetro: La norma UNE y la Orden ITC/3123/2011 establecen errores máximos permitidos (3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 3% para superiores si el radar es fijo; 5 km/h o un 5% si es móvil). Si la velocidad aplicada no contempla este margen, la sanción es nula.
- Falta de la segunda fotografía: Por ley, los cinemómetros fijos deben aportar dos fotogramas en momentos diferentes para acreditar la progresión de la velocidad, salvo excepciones técnicas muy justificadas. Una única foto suele ser motivo de archivo.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar una verificación periódica anual. Pide siempre el certificado del Centro Español de Metrología (CEM); si la revisión está caducada el día de la infracción, la multa decae automáticamente.
- Identificación incorrecta o ausencia de señalización previa: En vías secundarias o tramos bajo titularidad específica, la ubicación del radar debe cumplir con los requisitos de visibilidad y señalización cuando corresponda.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Aurizberri / Espinal o por internet
Dado que se trata de una infracción por exceso de velocidad captada habitualmente por cinemómetros de la Dirección General de Tráfico (DGT) o de la Policía Foral de Navarra en las carreteras que atraviesan la zona (como la N-135), el organismo competente para tramitar el expediente no suele ser el Ayuntamiento local, sino la Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra o el organismo autónomo competente del Gobierno de Navarra.
Para presentar tus alegaciones con validez jurídica tienes dos vías principales:
- Por Internet (Recomendado): A través de la Sede Electrónica de la DGT (si la multa es estatal) o del portal de trámites del Gobierno de Navarra, utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es inmediato y queda registrado con sello de tiempo.
- Presencialmente: En los registros de cualquier administración pública (Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, oficinas de asistencia en materia de registros del Gobierno de Navarra) dirigiendo el escrito al organismo sancionador correspondiente.
Además, si tu ruta incluye incursiones por zonas urbanas o perímetros con restricciones ambientales, es vital