Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Arguineguin
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Arguineguin, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir: o pagas con una reducción del 50%, o presentas un recurso o alegaciones. Ojo, si decides recurrir, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago, por lo que debes estar muy seguro de que existen vicios de nulidad en la denuncia antes de dar el paso.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares son máquinas y, como tales, fallan o incumplen la normativa. Para tumbar una multa de velocidad en vía administrativa, debes buscar con lupa los siguientes errores en la denuncia y en el boletín de la sanción:
- Falta de fotograma o prueba gráfica clara: La ley exige que consten dos fotografías de la matrícula del vehículo (una de plano general y otra de detalle) donde se aprecie claramente el exceso de velocidad. Si la imagen es borrosa o no se identifica fehacientemente el vehículo, la multa es nula.
- Ausencia de identificación del cinemómetro (radar): Deben figurar los datos exactos del aparato: marca, modelo, número de serie y fecha de la última verificación periódica. Sin estos datos, el testimonio del agente queda invalidado.
- Superación de los márgenes de error legales: La norma UNE 26444 y la Orden ICT/155/2020 establecen unos márgenes de error máximos permitidos para los radares (habitualmente de 5 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y del 5% para superiores). La multa debe reflejar tanto la velocidad captada como la velocidad ya corregida. Si no se aplica este margen, la sanción es recurrible.
- Inexistencia de señalización previa: Salvo en vías urbanas donde no es estrictamente obligatorio pero sí recomendable por seguridad, los radares fijos en carreteras secundarias o autovías deben estar debidamente señalizados.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Arguineguin o por internet
El organismo al que debes dirigir el escrito depende de quién te haya multado. En Arguineguin (perteneciente al municipio de Mogán), si la multa ha sido impuesta por una patrulla de la Policía Local o por un radar móvil municipal, deberás dirigir el recurso al Ayuntamiento de Mogán. Si por el contrario la infracción la ha captado un radar fijo de la Dirección General de Tráfico (DGT) en las carreteras de la zona, el expediente lo tramitará la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas.
Puedes presentar tu escrito de alegaciones de tres formas:
- Telemáticamente (Recomendado): A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Mogán o de la Sede Electrónica de la DGT, según corresponda, utilizando Certificado Digital o Cl@ve.
- Presencialmente: En las Oficinas de Atención al Ciudadano (OAC) del Ayuntamiento de Mogán o en los registros oficiales habilitados.
- Por correo postal administrativo: Enviando carta certificada con acuse de recibo dirigida al organismo sancionador correspondiente.
Además, recuerda que si te desplazas habitualmente hacia Las Palmas u otras zonas reguladas, es fundamental anticiparse a las restricciones urbanas. Utilizar herramientas como