Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Arguedas
Recibir una multa de velocidad duele, pero pagarla al instante sin revisarla suele ser un error. El plazo legal es de 20 días naturales desde su notificación para acogerse al descuento del 50% por pronto pago, pero ten en cuenta que si pagas con descuento renuncias a recurrir. Si decides pelearla, dispones de 20 días naturales para presentar tus alegaciones ante el organismo sancionador.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares en carreteras secundarias o travesías cercanas a Arguedas deben cumplir una estricta normativa metrológica. Para conseguir la anulación, debes revisar con lupa los siguientes puntos en la denuncia:
- Falta de identificación clara: La fotografía del radar debe mostrar con nitidez la matrícula y el vehículo. Si hay dudas o aparecen varios coches, la multa es nula.
- Margen de error del cinemómetro: La DGT u órgano competente debe aplicar el margen de error legal (habitualmente 7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores si el radar es fijo, o bien 5 km/h / 5% si es móvil). Comprueba si la velocidad registrada ya tiene descontado este margen.
- Certificado de revisión caducado: Todo cinemómetro debe pasar revisiones periódicas obligatorias. Exige en tu recurso el certificado de metrología en vigor del aparato que te cazó.
- Identificación del agente o dispositivo: Debe constar el número de homologación del radar y, si fue detenido por patrulla, los datos del agente ratificador.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Arguedas o por internet
Dependiendo de quién te haya multado, el organismo al que debes dirigir el pliego de descargo varía. Si la infracción se produjo en una vía urbana o travesía dependiente del municipio, el organismo competente será el Ayuntamiento de Arguedas. No obstante, la gran mayoría de radares de velocidad en carreteras de la zona corresponden a la Dirección General de Tráfico (DGT).
Para no perder tiempo ni arriesgarte a que caducue el plazo por culpa de Correos, la vía más recomendada es la telemática. Puedes presentar tu escrito a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración o directamente en la Sede Electrónica de la DGT si la multa es suya, utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
Por otro lado, si te desplazas habitualmente hacia núcleos urbanos mayores, recuerda que la movilidad está cambiando con las restricciones medioambientales. Para evitar sustos innecesarios en tus desplazamientos, te recomendamos planificar tus rutas y