Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Arenas (Las).
Si te ha llegado una multa por exceso de velocidad captada por un radar en Las Arenas, el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos opciones: pagar con una bonificación del 50% (lo que implica renunciar a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones si consideras que la sanción es injusta o presenta errores.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara tumbar una multa de velocidad no basta con decir que ibas despacio; hay que atacar la legalidad de la medición y del procedimiento. Los tribunales suelen anular estas sanciones cuando se detectan fallos concretos en la tramitación:
- Falta de la doble fotografía: La Orden ITC/3123/2011 exige que consten dos fotogramas de la infracción en momentos distintos para acreditar la velocidad real y el margen de error, salvo en cinemómetros instalados en pórticos fijos debidamente homologados.
- Certificado de metrología caducado: Los radares deben pasar revisiones periódicas anuales. Si el boletín de verificación metrológica no está en vigor en el momento de la captura, la sanción queda totalmente invalidada.
- Márgenes de error no aplicados: La Ley obliga a restar el margen de error del propio radar (que varía según sea fijo o móvil y si la velocidad es superior o inferior a 100 km/h). Si la DGT o el Ayuntamiento te sancionan aplicando la velocidad exacta captada sin restar este margen, la multa es recurrible.
- Identificación errónea del titular: Errores tipográficos en la matrícula, marca del vehículo, modelo o en el lugar exacto de la infracción dentro de Las Arenas.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Arenas (Las) o por internet.
Dependiendo de quién te haya impuesto la multa (la Dirección General de Tráfico si ha sido en una vía interurbana o autovía, o el Ayuntamiento si ha sido en vías urbanas de su competencia), deberás dirigir tu escrito a un organismo u otro. El recurso se puede tramitar de forma presencial en los registros oficiales o cómodamente por vía telemática.
Para la vía online, necesitarás disponer de certificado digital o Cl@ve. Si la sanción depende del Ayuntamiento, accede a su sede electrónica oficial. Si es competencia de la DGT, hazlo a través de su registro electrónico. Además, recuerda que si circulas habitualmente por zonas urbanas, es muy útil consultar