Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Arascues
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Arascues, dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para actuar. Aquí tienes una disyuntiva clave: o pagas con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentas un escrito de alegaciones. Si decides recurrir, debes saber que el reloj corre en tu contra desde el primer minuto.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los radares son máquinas y, como tales, fallan o incumplen la normativa. Para anular una sanción por velocidad, debes buscar con lupa los siguientes defectos de forma en la denuncia:
- Falta de metrología y revisión: El Boletín Oficial del Estado (BOE) exige que el cinemómetro disponga de su certificado de verificación periódica en vigor. Pide siempre el historial del aparato y el certificado de la última revisión.
- Márgenes de error aplicados incorrectamente: La Ley de Metrología establece unos márgenes de error obligatorios según la velocidad (3 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h o un 3% si son superiores, tanto en radares fijos como móviles). Si la multa no resta este margen, la sanción es nula.
- Fotografía deficiente o inexistente: Debe aparecer claramente la matrícula del vehículo. Si hay varios coches en el fotograma o la imagen está borrosa, el recurso prospera fácilmente.
- Identificación del agente o señalización: En radares móviles, debe constar la identificación del cinemómetro y el tramo debe estar debidamente señalizado.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Arascues o por internet
Dependiendo de qué organismo haya emitido la sanción, deberás dirigir el recurso a un sitio u otro. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT), el expediente se tramitará a través de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la vía es competencia municipal, el organismo receptor será el Ayuntamiento de Arascues.
Para evitar desplazamientos y ganar tiempo, la vía más recomendada es la telemática. Puedes presentar tu escrito de alegaciones a través del Registro Electrónico Común (REC) de la Administración o directamente en la sede electrónica de la DGT si la multa es suya, utilizando tu certificado digital o Cl@ve. Asegúrate de adjuntar todas las pruebas documentales que poseas.
Además, antes de circular por cualquier zona restringida o casco urbano, es muy recomendable prevenir futuros sustos utilizando