Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Anta
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si optas por recurrir, perderás el derecho al descuento, por lo que solo es recomendable si existen defectos de forma claros o pruebas sólidas que invaliden la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, debes buscar errores en el boletín de denuncia. Los más habituales que provocan la anulación son: identificación incorrecta del vehículo (matrícula errónea), ausencia de la fotografía o mala calidad de la misma, falta de datos del agente denunciante, o la omisión del certificado de verificación periódica del radar (debe constar la fecha de la última revisión). Si el cinemómetro no está correctamente calibrado o no se aplicó el margen de error legal establecido por el Ministerio de Industria, la sanción es recurrible.
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Dónde presentar el escrito de alegaciones en Anta o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Anta, deberás dirigir el escrito de alegaciones a la Concejalía de Seguridad Ciudadana o al departamento de tráfico del Ayuntamiento de Anta. Si la sanción fue captada por un radar de la DGT, el recurso debe presentarse ante la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o mediante el Registro Electrónico Común (REC) del ayuntamiento si la competencia es municipal.
Recuerda que, además de la velocidad, las normativas urbanas son cada vez más estrictas. Te recomendamos consultar siempre los mapas actualizados de