Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Almuña.
Si te han cazado con un radar por exceso de velocidad en Almuña, tienes dos opciones principales sobre la mesa: acogerte al descuento del 50% pagando en los primeros 20 días naturales desde su notificación (lo que implica renunciar a recurrir) o presentar un pliego de alegaciones. Si decides pelearla, el reloj corre: dispones exactamente de esos mismos 20 días naturales para presentar tu recurso antes de que la sanción sea firme.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Para tumbar una multa de velocidad no basta con decir que ibas despacio, hay que atacar los errores administrativos y metrológicos del boletín de denuncia. Revisa con lupa los siguientes puntos críticos:
- Falta de fotogramas probatorios: La ley exige que se aporten dos fotografías del radar (una panorámica y otra de detalle de la matrícula). Si solo hay una o es ilegible, la multa es nula.
- Margen de error del cinemómetro: Los radares aplicarán obligatoriamente el margen de error legal establecido (7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores si son fijos; un 5% y 7% respectivamente si son móviles). Comprueba que se haya aplicado correctamente en la velocidad sancionada.
- Certificado de revisión periódica caducado: Todo cinemómetro debe pasar una verificación anual obligatoria. Solicita el certificado de homologación y la última revisión en el Centro Español de Metrología (CEM); si está caducado, la sanción decae automáticamente.
- Identificación del agente o dispositivo: Debe constar el número de homologación del aparato y, si fue un radar móvil operado por agentes, la identificación de los mismos.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Almuña o por internet.
Al tratarse de una multa por exceso de velocidad, lo más habitual es que haya sido tramitada por la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente o por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, y no por el Ayuntamiento local, salvo que se trate de un radar urbano instalado en vías municipales de Almuña. Debes comprobar el encabezado de la notificación para identificar al organismo sancionador.
Tienes dos vías para presentar tus alegaciones:
- Por vía telemática (Recomendado): A través de la Sede Electrónica de la DGT (si el expediente es suyo) utilizando Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Es el método más rápido y deja constancia inmediata del registro.
- Presencial: En las Oficinas de Correos (mediante correo administrativo en sobre abierto para que quede sellado con fecha), en los registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado, o en las dependencias de la Delegación o Subdelegación de Gobierno.
Además de evitar radares en carretera con dispositivos legales, hoy en día es fundamental controlar por dónde circulas para prevenir sanciones imprevistas. Utilizar herramientas como