Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Allariz
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: pagar con una reducción del 50% (lo que implica admitir la infracción y renunciar a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el beneficio del pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de errores en el expediente.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara ganar un recurso, debes buscar errores técnicos o administrativos que invaliden la denuncia. Revisa minuciosamente los siguientes puntos:
- Falta de identificación del conductor: Si la foto no es nítida o no permite identificar al conductor, es un motivo sólido para solicitar el archivo.
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar el margen de error legal establecido (según el tipo de radar y si es fijo o móvil). Si la velocidad captada no incluye este margen, la sanción es nula.
- Certificado de verificación: La administración debe acreditar que el radar ha pasado las revisiones periódicas obligatorias. Solicita el certificado de calibración vigente; si ha caducado o no se aporta, la prueba pierde su validez.
- Defectos en la notificación: Comprueba que la fecha, hora, lugar exacto y los datos del vehículo coinciden al 100% con la realidad.
- Ausencia de señalización: En radares fijos, la normativa exige que estén debidamente señalizados. Si el radar no está anunciado previamente, puedes alegar indefensión.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Allariz o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (muy común en carreteras convencionales o autovías que atraviesan la zona), debes dirigir tu escrito a la Jefatura Provincial de Tráfico de Ourense. Si la multa ha sido impuesta por la Policía Local de Allariz, el órgano competente es el Ayuntamiento de Allariz. En ambos casos, puedes presentar el recurso de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT o mediante el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración, utilizando certificado digital o Cl@ve.
Además de controlar tu velocidad, es fundamental que te asegures de cumplir con las restricciones de acceso en núcleos urbanos. Te recomendamos consultar