Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Aljorra (La)
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías excluyentes: pagar la multa con una reducción del 50% (renunciando a cualquier recurso) o presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes el derecho al descuento por pronto pago, por lo que solo debes iniciar este proceso si existen fundamentos jurídicos sólidos para anular la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas tan rápido". Debes atacar la validez del procedimiento buscando errores técnicos en el boletín de denuncia:
- Ausencia de certificado de verificación: El radar debe haber pasado su revisión periódica. Si el certificado no está vigente o no se adjunta, la sanción es nula.
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu coche.
- Márgenes de error: En radares fijos, el margen es del 5% si es superior a 100 km/h o 5 km/h si es inferior. En radares móviles, el margen es del 7% y 7 km/h respectivamente. Si la velocidad aplicada no contempla este margen, la multa es recurrible.
- Ausencia de fotocopia del radar: La ley exige que la denuncia incluya la imagen donde se identifique claramente el vehículo y, preferiblemente, la placa de matrícula.
- Defecto en la notificación: Si la multa llegó tarde (más de 3 meses para infracciones leves o 6 meses para graves/muy graves) desde que se cometió, ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Aljorra (La) o por internet
Al tratarse de una multa por exceso de velocidad, la competencia suele ser de la Dirección General de Tráfico (DGT), salvo que la vía sea urbana y dependa del Ayuntamiento de Cartagena, al cual pertenece la diputación de Aljorra (La). Lo más eficaz es realizar el trámite de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o Cl@ve, evitando desplazamientos innecesarios.
Recuerda que, además de controlar tu velocidad, es fundamental estar al tanto de las restricciones de circulación en núcleos urbanos. Te recomendamos consultar