Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Alicante/Alacant
Ante una sanción por exceso de velocidad, el primer paso es determinar si vas a pagar o a recurrir. Dispones de un plazo de 20 días naturales desde la notificación para el pronto pago, lo cual reduce la cuantía al 50%, pero implica la renuncia automática a presentar cualquier tipo de alegación. Si decides recurrir, debes presentar un escrito de alegaciones en ese mismo plazo de 20 días, perdiendo el derecho a la reducción del 50%. Una vez presentado el recurso, el proceso administrativo se pone en marcha y no podrás volver a acogerte al descuento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores técnicos en tu notificación:
- Ausencia de la foto o mala calidad: La imagen debe ser nítida y permitir la identificación inequívoca del vehículo y su matrícula.
- Certificado de verificación del cinemómetro: Todo radar debe pasar revisiones periódicas. Si el certificado de calibración está caducado o no se adjunta, la multa es nula.
- Falta de margen de error: La DGT está obligada a aplicar el margen de error legal (habitualmente 3 km/h en radares fijos hasta 100 km/h o un 3% si es superior). Si no se ha aplicado, la sanción es incorrecta.
- Datos incompletos: Verifica que figuren correctamente la fecha, hora, lugar exacto (punto kilométrico), el modelo de radar y el agente denunciante (o la mención a dispositivo automático).
- Inexistencia de señalización previa: Si el radar estaba oculto y no había señalización vertical o luminosa previa informando de su existencia, es un argumento sólido de defensa.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Alicante/Alacant o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT), que es lo habitual en carreteras interurbanas de la provincia de Alicante, puedes presentar tus alegaciones a través de la Sede Electrónica de la DGT con certificado digital o DNI electrónico. También puedes acudir presencialmente a la Jefatura Provincial de Tráfico de Alicante, situada en la Calle del Arquitecto Guardiola, 1. Si la multa es de carácter urbano (dentro del casco urbano de Alicante), deberás dirigirte al Ayuntamiento de Alicante a través de su sede electrónica o en las oficinas de atención ciudadana.
Recuerda que, además de los radares, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación en el centro de la ciudad. Puedes utilizar