Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Algar
Tienes 20 días naturales desde la notificación para decidir: o te acoges al pronto pago (reducción del 50% de la cuantía, pero renuncias a recurrir) o presentas el escrito de alegaciones. Si decides recurrir, el plazo máximo para presentar el escrito es de 20 días naturales. Ten en cuenta que si presentas alegaciones, pierdes automáticamente el derecho al descuento por pronto pago.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar la sanción, debes buscar errores en la notificación. Los defectos de forma más frecuentes que pueden anular el procedimiento son:
- Falta de identificación: Si el vehículo no está correctamente identificado o si no consta la matrícula, marca o modelo exacto.
- Ausencia de datos del agente o cinemómetro: La multa debe especificar el modelo de radar, su número de serie y la fecha de la última revisión o calibración (certificado de verificación periódica). Si falta esta información, la prueba es nula.
- Fotografía defectuosa: Si la imagen es borrosa, no permite identificar al vehículo o aparecen varios vehículos en el fotograma, la sanción pierde validez.
- Margen de error: Verifica que se haya aplicado el margen de error legal del radar, que varía dependiendo de si es un radar fijo o móvil.
- Notificación fuera de plazo: Si la administración tarda más de tres meses en notificar una infracción leve, o seis meses para infracciones graves o muy graves, la multa ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Algar o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la Guardia Civil de Tráfico (en carreteras interurbanas), el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico. Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Algar, el organismo es el propio Ayuntamiento de Algar.
Puedes presentar el escrito de alegaciones de tres formas:
- Presencialmente: Acudiendo al registro del Ayuntamiento de Algar (si es municipal) o a cualquier oficina de asistencia en materia de registros de la DGT.
- Sede Electrónica: Es la forma más rápida. Utiliza el certificado digital o Cl@ve para presentar el recurso a través de la Sede Electrónica de la DGT o el portal web del Ayuntamiento de Algar.
- Correo postal: Mediante envío certificado a la Jefatura de Tráfico o al Ayuntamiento correspondiente, asegurándote de que el sobre sea sellado en la oficina de correos.
Recuerda que, además de vigilar tu velocidad, es fundamental estar al tanto de las restricciones de circulación en los núcleos urbanos. Puedes consultar