Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Aldea (A).
Si has recibido una sanción por exceso de velocidad en Aldea (A), dispones de dos caminos excluyentes: pagar con reducción del 50% en el periodo de 20 días naturales o presentar un recurso. Ten en cuenta que, al presentar cualquier alegación, renuncias automáticamente al descuento por pronto pago. Si decides recurrir, el plazo es de 20 días naturales desde la notificación para presentar el escrito de alegaciones ante el organismo sancionador.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa.
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores en la notificación:
- Falta de identificación clara del vehículo o del conductor.
- Ausencia del certificado de verificación del cinemómetro (radar) o que este haya caducado.
- Inexistencia de la fotografía del vehículo o que la imagen no permita identificar la matrícula con nitidez.
- Ausencia del margen de error legalmente establecido según el tipo de radar (fijo o móvil).
- Omisión de la normativa infringida o de la cuantía exacta de la sanción y pérdida de puntos asociada.
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara evitar futuras sanciones por exceso de velocidad, la prevención es la mejor herramienta. Utilizar un avisador de radares legal te permite ajustar tu velocidad en los tramos críticos y mantenerte informado sobre los límites vigentes en tiempo real, garantizando una conducción más segura y libre de sorpresas en tu buzón.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Aldea (A) o por internet.
La competencia depende de quién gestionó la multa. Si el radar era de la Guardia Civil, debes dirigirte a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente a la DGT. Si el radar era urbano, la competencia es del Ayuntamiento de Aldea (A). Puedes presentar tu escrito de forma presencial en las oficinas de registro del consistorio o a través de la Sede Electrónica del organismo sancionador utilizando certificado digital o Cl@ve. Además de controlar la velocidad, es vital cumplir con las nuevas normativas de circulación; te recomendamos consultar