Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Alcudia (L').
Si te ha llegado una multa de radar por exceso de velocidad en Alcudia (L'), el tiempo corre en tu contra. Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para decidir entre dos opciones: pagar con una reducción del 50% (renunciando a recurrir) o presentar un escrito de alegaciones. Si tu objetivo es la anulación, olvídate del pago anticipado y prepara tu defensa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Las multas de velocidad son perfectamente recurribles si se detectan errores administrativos o técnicos en el boletín o en el cinemómetro. Los motivos más sólidos para lograr el archivo del expediente son:
- Falta de margen de error: La Ley de Metrología exige aplicar un margen de error al cinemómetro (habitualmente del 5% si es fijo y del 7% si es móvil). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la multa es nula.
- Certificado de revisión caducado: Todo radar debe pasar revisiones periódicas. Si la administración no adjunta el certificado en vigor del metrologuo o está caducado, la sanción decae.
- Identificación incorrecta o incompleta: La denuncia debe incluir el número de serie del radar, la ubicación exacta (kilómetro y sentido) y, en caso de radares móviles, la identificación del vehículo infractor con una fotografía clara y nítida. Si la imagen es borrosa o no se distingue la matrícula, hay base para el recurso.
- Ausencia de señalización previa: La normativa obliga a advertir de la presencia de controles de velocidad fijos, e incluso móviles en muchos tramos, mediante la señalización correspondiente.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Alcudia (L') o por internet
Dependiendo de quién te haya impuesto la multa (la Dirección General de Tráfico o el propio Ayuntamiento de Alcudia (L') si la vía es de titularidad municipal), deberás dirigir tu escrito a un organismo u otro. En la cabecera de la notificación verás claramente el ente sancionador. Puedes presentar tus alegaciones de dos formas:
- Por vía telemática (Recomendado): A través de la Sede Electrónica de la DGT (si el radar es de tráfico) o en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcudia (L') si la multa es local. Necesitarás certificado digital o Cl@ve.
- De forma presencial: En las oficinas de asistencia en materia de registros de Alcudia (L'), o en la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. También puedes enviarlo mediante correo administrativo certificado desde una oficina de Correos.
Además de evitar radares fijos o móviles en carretera, es fundamental controlar por dónde circulamos en núcleos urbanos para no sumar nuevas sanciones. Antes de moverte por la zona, te recomendamos consultar