Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Alcubierre
Dispones de un plazo máximo de 20 días naturales desde la notificación para acogerte al pronto pago, lo cual reduce la sanción al 50% pero implica la renuncia a presentar alegaciones. Si decides recurrir, debes presentar el escrito antes de que finalicen esos mismos 20 días naturales. Una vez iniciado el procedimiento ordinario, pierdes el derecho a la bonificación, por lo que solo debes recurrir si existen defectos de forma claros o pruebas sólidas que invaliden la denuncia.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "no ibas rápido". Debes buscar errores técnicos en el boletín de denuncia:
- Ausencia de fotografía: Si la multa no incluye la imagen del vehículo, solicita la prueba documental. Si es borrosa o no identifica claramente la matrícula, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Error en la identificación del radar: La denuncia debe especificar el modelo de cinemómetro y la fecha de su última calibración. Si el certificado de verificación periódica ha caducado, la multa es nula.
- Margen de error no aplicado: Según la normativa, debe aplicarse el margen de error legal (habitualmente 3% o 5% dependiendo del tipo de radar y velocidad). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la sanción es incorrecta.
- Defectos en la notificación: Comprueba que los datos del lugar (Alcubierre), fecha, hora y sentido de la marcha sean exactos. Cualquier discrepancia sustancial invalida el acto administrativo.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Alcubierre o por internet
La competencia para sancionar por exceso de velocidad en vías interurbanas o travesías bajo competencia estatal recae en la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa ha sido interpuesta por la Guardia Civil en las carreteras que atraviesan o rodean Alcubierre, deberás dirigir tus alegaciones a la Jefatura Provincial de Tráfico de Huesca.
La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT utilizando certificado digital o Cl@ve. También puedes presentar el escrito presencialmente en cualquier oficina de registro de la Administración o mediante correo administrativo en una oficina de Correos. Recuerda que, además de evitar multas por velocidad, es vital estar al tanto de las restricciones urbanas; puedes consultar