Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Alcala De Henares
Si has recibido una notificación de exceso de velocidad, el tiempo es el factor más crítico. Dispones de un plazo de 20 días naturales para realizar el pago con reducción del 50% (lo que implica renunciar a recurrir) o para presentar alegaciones. Si decides recurrir, pierdes la opción al descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de errores en la denuncia antes de iniciar el procedimiento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
🛑 Evita más multas sorpresa
Protégete de radares móviles y fijos con un avisador 100% legal por la DGT antes de que te llegue la siguiente.
👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con alegar que "íbais rápido"; debes buscar errores técnicos o administrativos en la notificación:
- Identificación del vehículo: Comprueba que la matrícula, marca y modelo coincidan exactamente con tu vehículo. Cualquier error en estos datos invalida la multa.
- Certificación del radar: El cinemómetro debe estar homologado y haber pasado la revisión metrológica anual. Si el boletín de verificación no está vigente o no se adjunta, la sanción es nula.
- Márgenes de error: La normativa exige aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (7 km/h en radares fijos hasta 100 km/h, o un 7% si es superior). Si la velocidad captada no aplica este margen, la sanción es recurrible.
- Fotografía: La imagen debe ser nítida. Si el vehículo no es identificable, si aparecen dos vehículos en la misma foto o si no se aprecia claramente el lugar de la infracción, tienes muchas probabilidades de éxito.
- Notificación tardía: Si la infracción ocurrió hace más de 3 meses (o 6 si es muy grave), la sanción ha prescrito.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Alcala De Henares o por internet
La competencia para sancionar depende de quién gestiona el radar:
- Si el radar es urbano: La multa la emite el Ayuntamiento de Alcalá de Henares. Puedes presentar el recurso en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares mediante certificado digital, o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento.
- Si el radar es en carretera (DGT): Debes dirigir el recurso a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. La forma más eficiente es a través de la Sede Electrónica de la DGT (Registro Electrónico) o enviándolo por correo administrativo desde cualquier oficina de Correos.
Además de vigilar la velocidad, es fundamental cumplir con las nuevas normativas de circulación urbana. Te recomendamos consultar