Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Alburquerque
Recibir una sanción por exceso de velocidad captada por un radar no significa que debas pagarla automáticamente. El procedimiento administrativo sancionador está sujeto a estrictas garantías legales que, si no se cumplen, permiten la anulación de la multa. No obstante, debes actuar con rapidez: dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre abonar la sanción con un 50% de descuento o presentar un recurso de alegaciones. Ten en cuenta que si decides recurrir, pierdes el derecho a la bonificación por pronto pago, por lo que debes estar muy seguro de la viabilidad de tu defensa.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Los tribunales anulan un alto porcentaje de multas de radar debido a errores en la tramitación o a la falta de acreditación técnica del cinemómetro. Al revisar tu notificación, busca minuciosamente los siguientes vicios de nulidad:
- Falta de margen de error: La Ley de Metrología y las órdenes ministeriales exigen la aplicación de un margen de error obligatorio al cinemómetro (habitualmente de un 5% si el radar es fijo y de un 7% si es móvil para velocidades superiores a 100 km/h, o de 5 km/h y 7 km/h respectivamente para velocidades inferiores). Si la velocidad sancionada no descuenta este margen, la multa es nula.
- Ausencia de fotograma dual: La normativa exige que el expediente contenga dos fotografías del vehículo infractor tomadas en momentos distintos que acrediten la progresión real de la velocidad, especialmente en radares móviles.
- Caducidad del boletín de homologación y revisión periódica: El cinemómetro debe contar obligatoriamente con el certificado de verificación periódica en vigor. Solicita siempre el certificado del Centro Español de Metrología (CEM).
- Identificación deficiente del vehículo o conductor: La matrícula debe verse con absoluta nitidez y el lugar de la infracción debe estar perfectamente geolocalizado.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Alburquerque o por internet
La competencia para tramitar la sanción dependerá de la vía donde se haya cometido la infracción. Si el radar pertenece a la Dirección General de Tráfico (DGT) y se encontraba en carreteras interurbanas que circundan Alburquerque, el organismo competente es la Jefatura Provincial de Tráfico de Badajoz. Si la multa fue impuesta por medios propios en vías urbanas de la localidad, la competencia recae sobre el Ayuntamiento de Alburquerque.
Para presentar tus alegaciones de forma telemática y con total validez jurídica, la vía más rápida es el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado, si vas a dirigirte a la DGT, o bien a través de la sede electrónica del consistorio si la multa es municipal. También puedes presentar el escrito de forma presencial en las oficinas de asistencia en materia de registros o mediante correo certificado administrativo.
Asimismo, si tu trayecto urbano o interurbano se vio afectado por accesos restringidos, recuerda que puedes utilizar