Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Albal
El reloj corre en contra del conductor desde el mismo momento de la notificación. El plazo legal es de 20 días naturales desde la recepción de la multa. En este punto, existe una disyuntiva clave: acogerse al descuento del 50% por pronto pago implica renunciar a cualquier derecho de alegación o recurso posterior. Si se decide recurrir, se pierde dicha bonificación, por lo que el recurso debe basarse en argumentos sólidos con altas probabilidades de éxito.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Las sanciones captadas por cinemómetros (radares) suelen archivar con frecuencia si se examinan al detalle. Los motivos de nulidad más habituales son:
- Falta de identificación clara del cinemómetro: El boletín debe especificar el número de serie del aparato, su homologación y la fecha de la última revisión periódica obligatoria en el Centro Español de Metrología (CEM).
- Margen de error no aplicado: Según la Orden ITC/3122/2011, se debe restar un margen de error al dato captado (7 km/h para velocidades inferiores a 100 km/h y un 7% para superiores si el radar es fijo; un 5 km/h o 5% si es móvil). Si la velocidad sancionada no contempla esta reducción, la multa es nula.
- Fotografía defectuosa: La imagen debe mostrar claramente el vehículo infractor y la matrícula. Si hay varios vehículos en el fotograma o la placa no es legible, la prueba carece de validez jurídica.
- Ausencia de señalización previa: La Ley de Tráfico exige que los radares móviles estén debidamente anunciados, salvo excepciones justificadas.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Albal o por internet
La dirección a la que hay que dirigir el escrito depende de quién haya emitido la sanción. En el caso de los excesos de velocidad en vías urbanas de Albal, la competencia suele recaer sobre la administración local, mientras que en las carreteras interurbanas que circundan el municipio la sanción la emite la Dirección General de Tráfico (DGT). Si la multa proviene del consistorio, las alegaciones deben presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Albal de forma presencial o a través de su sede electrónica oficial utilizando certificado digital. Si es de la DGT, se gestiona mediante la Sede Electrónica de la DGT con Cl@ve o certificado digital.
Además de vigilar la velocidad en carretera, es fundamental controlar los accesos a los núcleos urbanos restringidos. Para evitar sanciones imprevistas por restricciones medioambientales, resulta muy útil consultar