Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Aibar
Si has sido sancionado por exceso de velocidad en Aibar, el primer paso es determinar tu estrategia. Dispones de un plazo de 20 días naturales para optar por el pronto pago, lo cual reduce la sanción al 50% pero implica la renuncia a presentar alegaciones. Si decides recurrir, debes presentar el escrito antes de que finalice ese mismo plazo de 20 días, renunciando al beneficio del descuento.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
Para que un recurso prospere, no basta con negar los hechos; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: Todo cinemómetro debe aplicar el margen de error legal (habitualmente 3% o 5% según el tipo de radar y velocidad). Si la velocidad sancionada no aplica este margen, la multa es nula.
- Identificación del agente o dispositivo: El boletín debe identificar el modelo de radar, el número de serie y la fecha de su última revisión técnica (Certificado de Calibración). Si falta alguno de estos datos, el recurso tiene altas probabilidades de éxito.
- Fotografía borrosa o incompleta: La imagen debe mostrar claramente la matrícula y el vehículo. Si existen varios vehículos en el encuadre, la prueba no es concluyente.
- Falta de notificación en el acto: Si el radar es móvil y no te detuvieron, la administración debe justificar por qué no fue posible la notificación inmediata.
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonDónde presentar el escrito de alegaciones en Aibar o por internet
La mayoría de los radares en carretera son competencia de la DGT (Jefatura Provincial de Tráfico de Navarra). Si la multa fue impuesta por la Policía Local de Aibar, deberás dirigirte al Ayuntamiento de Aibar. Para presentar tus alegaciones, tienes tres vías:
- Sede Electrónica: Es la forma más rápida. Utiliza el certificado digital o Cl@ve para acceder a la sede de la DGT o a la sede electrónica del Ayuntamiento de Aibar.
- Correo postal: Envía el escrito mediante correo certificado administrativo a la Jefatura de Tráfico correspondiente.
- Presencial: En cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado o en las oficinas municipales si la sanción es local.
Recuerda que, además de vigilar los radares, es vital estar al tanto de las restricciones de circulación en núcleos urbanos. Utiliza