Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Agudo
Dispones de un plazo improrrogable de 20 días naturales desde la notificación para elegir entre dos vías: el pago con reducción del 50% (lo que implica reconocer la infracción y renunciar a recurrir) o la presentación de alegaciones. Si decides recurrir, pierdes automáticamente el descuento por pronto pago, por lo que debes estar seguro de la existencia de un defecto legal en la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara que un recurso prospere, no basta con negar el exceso de velocidad; debes atacar la validez del procedimiento administrativo. Busca estos errores en tu notificación:
- Ausencia de margen de error: El cinemómetro debe aplicar los márgenes de error legalmente establecidos (7 km/h si es inferior a 100 km/h o 7% si es superior). Si la velocidad captada es la que figura en la multa sin restar este margen, es nula.
- Falta de identificación del vehículo o conductor: Si la foto no es clara o no se identifica correctamente la matrícula, la sanción es recurrible.
- Falta de certificación técnica: Todo radar debe haber pasado una verificación periódica (ITE) que certifique su correcto funcionamiento. Solicita siempre el certificado de calibración vigente.
- Defectos en la notificación: Si la multa llega fuera del plazo legal de prescripción (3 meses para infracciones leves, 6 meses para graves/muy graves) o si los datos de la vía (punto kilométrico) son erróneos o imprecisos.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Agudo o por internet
Si la multa ha sido impuesta por la DGT (vías interurbanas), el escrito debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente. Si la sanción fue impuesta por la Policía Local de Agudo, el recurso debe presentarse ante el Ayuntamiento de Agudo. En ambos casos, puedes realizar el trámite de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la DGT (con certificado digital o Cl@ve) o mediante el Registro Electrónico Común (REC) de la Administración General del Estado.
Recuerda que, además de los radares, las nuevas restricciones de tráfico exigen precaución extra. Te recomendamos consultar