Cómo recurrir con éxito una multa de Radar por exceso de velocidad en Aguaron
Si has recibido una notificación por exceso de velocidad detectado por radar en el término municipal de Aguarón o en las carreteras de su entorno (como la A-1504 o accesos comarcales), dispones de un plazo estricto de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación. En este periodo debes elegir entre pagar con el 50% de descuento (lo que implica la renuncia a presentar alegaciones y la firmeza en vía administrativa) o presentar un escrito de alegaciones alegando defectos de forma o de prueba, perdiendo así la bonificación pero abriendo la vía para anular la sanción.
Defectos de forma más comunes para anular esta multa
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👉 Ver Avisadores de Radares Legales en AmazonPara invalidar una sanción por radar en la vía administrativa o contenciosa, el expediente debe ser examinado minuciosamente. Los motivos técnicos y jurídicos más sólidos para tumbar la multa son:
- Ausencia o caducidad del certificado del cinemómetro: La Ley de Metrología exige que todo radar pase una revisión anual obligatoria. Debes solicitar la Orden de Verificación Metrológica del aparato. Si el certificado no está en vigor en la fecha exacta de la infracción, la sanción es nula de pleno derecho.
- Incorrección en el margen de error aplicado: Según la Orden ICT/155/2020, la Administración debe aplicar obligatoriamente los márgenes de error legalmente establecidos sobre la velocidad detectada por el radar (generalmente entre 3 km/h y 7 km/h o porcentajes equivalentes según si el cinemómetro es fijo, móvil o de tramo). Si la resolución sancionadora impone la multa utilizando directamente la velocidad que figura en la fotografía sin restar dicho margen, el procedimiento es impugnable.
- Defectos fotográficos o pluralidad de vehículos: La imagen captada debe identificar sin género de dudas al vehículo sancionado. Si en el encuadre aparecen dos o más vehículos en la misma dirección y el radar no es de tecnología capaz de distinguir carriles, existe duda razonable sobre cuál activó el sensor. Asimismo, la matrícula debe ser perfectamente legible sin manipulación digital.
- Falta de dos fotografías en momentos distintos: Para cinemómetros móviles que no estén en cabina fija, la normativa exige dos fotogramas tomados en instantes diferentes para verificar el desplazamiento, salvo que el equipo disponga de homologación específica que exima de este requisito técnico.
Dónde presentar el escrito de alegaciones en Aguaron o por internet
El organismo competente al que debes dirigir el escrito de alegaciones depende de la titularidad de la vía donde se situó el radar:
- Multas en vías interurbanas (DGT): Si la sanción proviene de la Dirección General de Tráfico, la alegación debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza. Puedes presentar el escrito telemáticamente a través de la Sede Electrónica de la DGT (mediante certificado digital o Cl@ve), o de forma presencial en cualquier registro público mediante el sistema ORVE, incluyendo el propio Ayuntamiento de Aguarón.
- Multas en travesías o casco urbano (Ayuntamiento): Si el radar fue desplegado por la autoridad local en suelo urbano de Aguarón, el órgano instructor es el propio Ayuntamiento de Aguarón. En este caso, el recurso se presenta en el Registro General del Ayuntamiento o a través de su sede electrónica municipal.
Al redactar tu escrito, incluye siempre tus datos personales, el número de expediente sancionador, la matrícula del vehículo y la argumentación jurídica fundamentada, solicitando expresamente la aportación del certificado de calibración del radar y las fotografías originales sin recortar.
Además de gestionar los recursos de sanciones ya notificadas, es aconsejable mantenerse informado sobre el estado de las carreteras y las regulaciones locales. Para prevenir infracciones adicionales en desplazamientos urbanos o interurbanos, puedes consultar